Muchos aspectos destacan que la vida del ser humano no nacido debe ser protegida.
Leíamos en La Nación (ver entrada: POSTURA JUDICIAL INTERESANTE) la presentación judicial reclamando a un padre la cuota alimentaria en favor de su hijo en gestación en el vientre de su madre y creemos oportuno recordar que todos los niños tienen derecho a recibir una alimentación adecuada.
Por este motivo nos permitimos transcribir aquellos pasajes del Preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño y del Decreto 1406/98 que dicen:
"El niño, por su falta de madurez fisica y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento".*
"(...) especialmente en su etapa prenatal, el niño es un ser de extrema fragilidad e indefención (...)".
"(...)la calidad de persona, como ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones, deviene de una prescripción constitucional y para nuestra Constitución y la Legislación Civil y Penal, la vida comienza en el momento de producirse la concepción.(...)"**
*Ciertamente los deberes prioritarios son de los padres que lo engendraron.
**Constitución y Legislación de la República Argentina.
miércoles, 20 de agosto de 2008
Postura judicial interesante.
Inédito falloDebe pagar alimentos a un hijo que no nació
Medida cautelar de un juez santafecino
lanacion.com | Información general | Mi?oles 20 de agosto de 2008
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