miércoles, 20 de agosto de 2008

Los deberes de los padres que engendran niños

Muchos aspectos destacan que la vida del ser humano no nacido debe ser protegida.

Leíamos en La Nación (ver entrada: POSTURA JUDICIAL INTERESANTE) la presentación judicial reclamando a un padre la cuota alimentaria en favor de su hijo en gestación en el vientre de su madre y creemos oportuno recordar que todos los niños tienen derecho a recibir una alimentación adecuada.

Por este motivo nos permitimos transcribir aquellos pasajes del Preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño y del Decreto 1406/98 que dicen:

"El niño, por su falta de madurez fisica y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento".*

"(...) especialmente en su etapa prenatal, el niño es un ser de extrema fragilidad e indefención (...)".

"(...)la calidad de persona, como ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones, deviene de una prescripción constitucional y para nuestra Constitución y la Legislación Civil y Penal, la vida comienza en el momento de producirse la concepción.(...)"**





*Ciertamente los deberes prioritarios son de los padres que lo engendraron.
**Constitución y Legislación de la República Argentina.

Postura judicial interesante.

Inédito falloDebe pagar alimentos a un hijo que no nació

Medida cautelar de un juez santafecino

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