domingo, 26 de junio de 2016

Sobre el alquiler de vientre


En la página 47 del suplemento Zona del diario Clarín del domingo 26 de junio de 2016 tres títulos llamaron mi atención:

“El embarazo, en el útero de otra mujer”

“La gestación por sustitución no está prohibida aquí”

“En el mundo cada vez hay más restricciones”

Mientras leía los textos de Sergio Pasqualini, Fabiana Quaini y Donna Dickenson, algunas frases me conmovieron:

“(…) Siempre prevalece el interés superior del niño. (…)”

“Existen casos donde quienes quieren ser padres no tienen ninguna mujer que pueda llevar el embarazo en Argentina. Entonces es posible que los embriones sean originados aquí y transportados a otros países como Estados Unidos, Canadá o Ucrania, para luego seguir con el proceso de útero portador allí. (…)”

“(…) debido a la creciente preocupación porque el alquiler de vientres lleve al tráfico de personas y a la explotación de mujeres, las autoridades (…) han decidido que las preocupaciones éticas superan a los beneficios económicos.”

“El bando a favor del alquiler de vientres enfatiza los beneficios de la práctica, entre los que se cuentan la diversidad de opciones reproductivas y concesiones para el pluralismo sexual. Pero aunque esas puedan ser consideraciones genuinas e importantes, no se los puede poner por encima de la necesidad de evitar la explotación de algunas de las mujeres más vulnerables del mundo.”

Quienes me conocen personalmente saben que mis abuelos eran ucranianos; y, que ellos fueron, quienes me transmitieron el respetuoso sentir por aquel origen. Un origen que los avatares históricos destacan por su vulnerabilidad frente a posiciones alejadas de toda consideración por el ser persona.

Hoy, como ayer, a casi unos pocos meses de conmemorar los 25 años de su última declaración de Independencia, en Ucrania esa vulnerabilidad vuelve a mostrarse. Si no, ¿por qué razón, una mujer ucraniana aceptaría alquilar su vientre para gestar un embrión concebido aquí en Argentina?

Por otra parte, muchos de Ustedes también están al tanto de mi interés por la Bioética y que, (si bien me desempeñé y me desempeño en comités de bioética donde diversas antropologías de referencia guiaban y guían los aportes de muchos de sus miembros), con convicción adhiero a la bioética personalista ontológicamente fundada de inspiración tomista.

Por todo esto, la lectura del diario del domingo, aquí en Buenos Aires, no me deja indiferente.

El tema es delicado; y, de ningún modo, pretendo abrir juicio sobre decisiones personalísimas como el mismo hecho de ser mamá o de ser papá. Simplemente, y si deciden seguir leyendo, compartiré algunas consideraciones que, lejos de cerrar el tema, sólo dejan en evidencia algunos de los tantos aspectos que creo son importantes al pensar sobre el alquiler de vientres.

La Congregación para la Doctrina de la Fe, en el número 4 de su Documento Donum Vitae sintetiza en pocas palabras una valiosa reflexión: “(…) lo que es técnicamente posible no es, por esa sola razón, moralmente admisible (…)”.

Otra frase que me parece adecuado transcribir es aquella que Domingo Basso OP exponía en la página 13 de la segunda edición de su libro Los Fundamentos de la Moral de 1997: “La palabra ética procede del grigo êthos, que significa costumbre, y equivale totalmente al término moral derivado del latino mos de igual significado.”

El motivo de esta aclaración semántica  es porque no son pocos los que creen que ética nada tiene que ver con moral. Como dice Jérôme Lejeune en “Genetique, Ethique et Manipulations” (Revista IATRIA, n.175, Agosto de 1986, pág.67.): “Al margen de los desarrollos de la tecnología, se observa actualmente una curiosa evolución del sentido de las palabras. (…) En nuestros días se dice ‘ética’. El que habla de moral entiende que las costumbres deberían conformarse con las leyes superiores, mientras que quien habla de ética sobrentiende que las leyes deberían adecuarse a las costumbres”.

Por eso, conociendo este modo de pensar, es posible entender cómo, para muchas personas, es dable admitir que la voluntad procreacional no encierre en sí misma ningún valor y por lo tanto puede asociarse con la acción de alquilar; es decir, con el acto de tomar de alguien algo (en este caso un útero) para usarlo por el tiempo y precio convenido para obtener el resultado esperado (un hijo).

Ahora, si bien el alquiler es el precio que una parte le paga a otra por el servicio que esta última le presta consentidamente, ¿la servidumbre activa del proceso de gestación y su fruto/producto ordinario puede quedar comprendida en un simple contrato de alquiler?

¿Qué actitud relativista o reduccionista lleva a ignorar que cada ser humano, varón o mujer, es mucho más que un complejo de tejidos, órganos y sistemas capaz de procrear un niño?

¿Qué actitud relativista o reduccionista lleva a ignorar que el embrión humano es un ser cuya esencia define su natural realidad humana sin importar si hubiera concretado su existencia formal o si se está haciendo referencia en abstracto a él?

¿Qué actitud relativista o reduccionista logró quitarle todo valor al ser persona humana convirtiéndolo en un simple medio para dar satisfacción a otros?

Nadie sintetiza mejor que Sartre esta contemporánea situación filosófica; en especial, cuando dice que “los valores (…) son y se sustentan por la ex-sistencia o libertad del hombre. Con la libertad [el hombre] elige los valores y les da consistencia” (Nota al pie en la página 5 de Los Fundamentos Metafísicos del Orden Moral de Octavio Derisi -1980-).  

Así, privado de todo valor, el ser humano (embrión, feto, mujer, varón, hijo, …) termina siendo una inmanencia vacía susceptible de cualquier manipulación.

Inmanencia vacía de toda inteligencia que no puede acceder a la verdad  y respetarla como realidad.

Inmanencia vacía capaz de asemejar el vientre materno con una cosa mueble no fungible o raíz, con una cosa indeterminada o con una cosa susceptible de licencia o autorización cuyo alquiler es posible.

Inmanencia vacía capaz de otorgarle al embrión humano categoría de objeto de un contrato que deja de lado cualquier posibilidad de hacer prevalecer el interés superior del niño que es.

Inmanencia vacía capaz de convencerse y convencer sobre la licitud de convertir a la mujer en locadora de un contrato sobre su función gestacional ante un locador que, por alguna razón, está impedido de ejercerla.

Como acontece cada vez que la ciencia incrementa su saber y su hacer, la esperanza ante las nuevas oportunidades no debe apartar la atenta reflexión de la cuestión.

Y al respecto, compartimos lo escrito por Octavio Derisi en la página 4 de su libro Los Fundamentos Metafísicos del Orden Moral de 1980: “(…) Las cosas no son ni suceden como los filósofos [y los demás hombres de ciencia] quieren y dictaminan, sino simplemente como son. (…)”  Porque, por más que aquello que no está prohibido pueda llevarse a cabo, ninguna ley puede amparar el ejercicio abusivo de los derechos de unos, máxime, cuando éstos se pretenden ejercer sobre otros en condiciones de extrema vulnerabilidad.



Roxana Elena Stasiow