sábado, 28 de noviembre de 2020
Matar no es un derecho
lunes, 16 de noviembre de 2020
ESTRÉS FISIOLÓGICO POR CALOR
Disponible en:
https://www.sciencemag.org/news/2020/11/heat-killing-more-people-ever-scientists-are-looking-ways-lower-risk
Interesante artículo que invita a pensar sobre:
ODONTOLOGÍA Y ESTRÉS FISIOLÓGICO POR CALOR.
Cuando en el contexto de la Covid-19:
- se limita o prohibe la utilización de aires acondicionados que recirculan el aire
- no se cuenta con ambientes controlados termodinámicamente
- y hacen absolutamente necesarios e imprescindibles los EPP:
- por la aerosolización que se produce en toda práctica odontológica (el paciente siempre debe quitarse el barbijo para ser atendido)
- porque los pacientes asintomáticos pueden contagiar
Es necesario tener en cuenta que:
- El odontólogo, debido al estrés fisiológico por calor, puede ver disminuidos cuidados y competencias por agotamiento, calambres, fatiga, dolor de cabeza, náuseas, mareos, confusión y agitación que la mera hidratación no puede compensar.
- La temperatura corporal normal y el umbral de peligro para estrés fisiológico por calor varían de persona a persona.
- En el organismo, la pérdida de líquidos estimula la liberación de hormonas que alteran la función renal para reducir la producción de orina, apuntalar el volumen sanguíneo para que el corazón pueda mantener la presión arterial a niveles seguros.
El estrés fisiológico por calor es un tema complejo que amerita una atenta consideración evitando exponer a los integrantes del equipo de atención odontológica a circunstancias que pueden poner en peligro su salud y la de los pacientes.
Por ello, adecuar la práctica odontológica a las condiciones termodinámicas que cada consultorio ofrece es una condición indispensable si se quiere promover el desarrollo de buenas prácticas de atención clínica.-
Gracias @RegaCarlos
martes, 11 de agosto de 2020
ACERCA DE LOS PROTOCOLOS
Un protocolo…
Es un reglamento interno y no puede situarse por encima del marco jurídico tampoco puede restarle responsabilidad al Estado en sus obligaciones de cuidado del recurso humano (el Estado debe proveer los medios que las entidades científicas estimen necesarios y brindar seguridad e higiene en las instituciones respetando los tiempos determinados en base a criterios científicos).
Por su propio objeto está destinado a ser ajustado de acuerdo a criterios clínicos o avances científicos.
No puede imponer una obligación en contra de lo que las evidencias científicas y las buenas prácticas indican ni pretender configurar a partir de él todo un sistema en base a una única alternativa.
No puede restringir el criterio profesional (las actuaciones estrictamente técnicas se guían exclusivamente por conocimientos científicos siendo inconcebible que algún superior pueda impartir órdenes sobre cómo conducirse en esos campos técnicos propios de su oficio y que no quedar constreñido a arbitrariedades).
Debe promover las mejores conductas considerando brindarle a cada uno (miembro del equipo de atención y paciente) lo que le es debido. Las opciones que ofrezca deben ser ciertamente válidas, objetivas, neutrales, verificables racionales y científicamente fundadas.
Deben ser generados por personas con acervo e idoneidad reconocida y con la debida consulta a los Colegios Profesionales cuyo rol es el de colaborar con las autoridades en su elaboración y no el de convertirse en meros difusores de sus textos (Decreto Ley 5413/1958).
Fuente: CENTRO DE BIOÉTICA, PERSONA Y FAMILIA - https://centrodebioetica.org/
sábado, 16 de mayo de 2020
Covid-19 - EPP - Dr. Maglio
Equipos de Protección Personal (EPP)
Prestar especial atención al Dr. Maglio
Disponible en:
https://facebook.com/events/s/webinar-el-infectologo-frente-/4401360696556889/?ti=cl
jueves, 14 de mayo de 2020
Covid-19 y Bioética
http://uca.edu.ar/es/noticias/las-religiones-en-argentina-elaboraron-un-documento-ante-la-pandemia
sábado, 2 de mayo de 2020
jueves, 23 de abril de 2020
Covid-19 y Atención Odontológica (actualizado al 22-04-2020)
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA PROGRAMADA INICIAL
RECOMENDACIONES
22 DE ABRIL DE 2020
Disponible en: http://www.msal.gob.ar/images/stories/bes/graficos/0000001937cnt-covid-19-recomendaciones-atencion-odontologica-programada.pdf?
COVID-19 Atención odontológica programada inicial 1
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA PROGRAMADA INICIAL
RECOMENDACIONES
22 DE ABRIL DE 2020
Protocolo consensuado con Confederación Odontológica de la República Argentina – Asociación Odontológica Argentina (CORA-AOA).
Importante: estas recomendaciones se encuentran en proceso de revisión constante y son actualizadas de manera permanente.
Debido a la situación actual de pandemia COVID-19 que abarca transversalmente al mundo entero, se han proclamado recomendaciones adecuadas para ejercer la atención odontológica de emergencias y urgencias.
El protocolo del Ministerio de Salud de la Nación de intervención en urgencias y emergencias continúa vigente. Se encuentra disponible en el siguiente link http://www.msal.gob.ar/images/stories/bes/graficos/0000001881cnt-COVID-Recomendaciones_en_odontologia_3-4.pdf
Estas recomendaciones abordan el tema de la atención odontológica programada inicial de manera clara y precisa brindando las garantías de protección necesarias para los pacientes y el equipo de salud de odontología.
Las tres rutas de transmisión SARS-Cov-2 más comunes incluyen: 1) Transmisión directa (por tos, estornudos o inhalación de gotas). 2) Transmisión de contacto (por vía oro-nasal-ocular). 3) Transmisión de aerosoles.
A partir de la Disposición Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros N°524/20, se proponen las siguientes recomendaciones para los profesionales de la salud bucodental.
El responsable de la atención odontológica, debe asegurar la implementación de los nuevos protocolos en su consultorio y el adecuado grado de conocimientos sobre los mismos que tenga el personal bajo su responsabilidad.
En esta primera fase deberá tenerse en cuenta:
Los turnos deberán ser programados, telefónicamente o por correo electrónico, evitando en lo posible, la solicitud en forma presencial.
Entre la finalización de un turno y el comienzo del siguiente deberá haber una hora de diferencia como tiempo mínimo para ventilar el ambiente y desinfectar todas las superficies e instrumental.
Sólo se podrá atender en un rango de 5hs. corridas (en cada localidad se determinará cual es el horario de menor circulación para ser utilizado).
Las prácticas que serán habilitadas son las que no produzcan aerosolización.
COVID-19 Atención odontológica programada inicial 2
Podrán realizarse tratamientos que no puedan ser postergados más de 60 días y que incluyan:
1) Intervenciones de riesgo reducido de transmisión del virus durante la práctica odontológica.
Para ello se sugiere evitar uso de ultrasonido e instrumental neumático rotatorio.
Son aquellas prácticas que NO generan aerosolización.
Ejemplos:
Evaluación en pacientes oncológicos o con sospecha de procesos oncológicos.
Tratamientos protésicos que no requieran tallado.
Finalización de tratamientos endodónticos que puedan reagudizarse.
2) Intervenciones que permitan completar el tratamiento en la menor cantidad de citas posibles, evitando citas innecesarias.
Cada odontólogo evaluará esta medida en base a su criterio profesional y a las circunstancias del paciente.
Ejemplos:
Paciente que concurre con infección odontológica moderada. Puede realizarse la apertura y desinfección del conducto radicular (tratamiento de urgencia), o bien terminar el tratamiento, evaluando el riesgo potencial de volver a citar al paciente (pacientes mayores de 60 años) o de reagudización del cuadro.
Algunos procedimientos de ortodoncia que no impliquen retiro de brackets y pulido y que no puedan posponerse.
Entrega de una prótesis definitiva.
No podrán realizarse todas aquellas prácticas que NO sean urgentes y sean consideradas como intervenciones de alto riesgo de transmisión del virus:
Son todas aquellas que generan aerosolización:
Tartrectomías con ultrasonido,
prácticas de operatoria que requieran de instrumental rotatorio,
tallados en prótesis, cirugías implantológicas,
algunas fases de la ortodoncia (como retiro de brackets y pulido de las superficies del esmalte).
INTERVALO DE ATENCIÓN
El intervalo en la atención entre pacientes deberá ser como mínimo de 1 hora, teniendo en cuenta la decontaminación de todos los ambientes, y la ventilación de los mismos antes de la realización de una nueva práctica.
En el caso de realizar prácticas de urgencia con generación de aerosoles, el intervalo entre paciente y paciente deberá ser igual o mayor a 3 horas.
Se recomienda reserva el primer turno para pacientes de riesgo o de 60 años o más.
COVID-19 Atención odontológica programada inicial 3
INSTRUCCIONES PREVIAS A LA ATENCIÓN DEL PACIENTE
Es recomendable establecer un triage en forma telefónica en el día de la visita o el día previo, para la búsqueda y atención rápida de casos sospechosos (Enlace).
Ver definición de caso sospechoso para evaluar telefónicamente antes del triage telefónico, Link: https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/definicion-de-caso
Recordar la importancia de concurrir sin síntomas respiratorios a la consulta.
Priorizar la atención que constituyan grupos de riesgo y adultos de 60 años y mayores, reduciendo el tiempo de espera y asignando los primeros turnos del día.
El paciente deberá contestar un cuestionario a modo de declaración jurada, firmar un consentimiento escrito y seguir las siguientes indicaciones:
Acudir solo. Podrá estar acompañado en caso de ser menor de edad o requerir cuidados de un tercero por su grado de dependencia.
Retirarse pulseras, reloj, aros, collares.
Llegar con puntualidad para evitar superponerse en la sala de espera con otros pacientes o personal de la clínica
En caso de compartir el espacio de la sala de espera, debe permanecer a dos metros de distancia y evitar la comunicación verbal prolongada.
El uso de tapaboca es recomendado. Es obligatorio en aquellas provincias que así lo hayan dispuesto.
PROTOCOLO DE RECEPCIÓN DEL PACIENTE
Antes de ingresar:
Colocar un paño embebido en solución con hipoclorito en entrada al consultorio. El paciente deberá higienizar su calzado y colocarse un par de botas descartables.
El paciente deberá desinfectar todos sus objetos personales (celulares, llaves, etc) con soluciones a base de alcohol.
Se recomienda señalizar en el piso, con una línea claramente visible, un espacio de seguridad de 1.5mts que lo separe del mostrador o escritorio donde se encuentra la secretaria.
De ser posible, colocar una pantalla de acrílico en la zona de recepción de pacientes (mostrador donde se recepciona al paciente).
El/la recepcionista debe llevar barbijo.
El paciente debe colocarse alcohol en gel al llegar, durante 20 segundos, frotándose bien las palmas y entre los dedeos. Se le pedirá que se lave las manos con agua y jabón si estos elementos estuvieran a su alcance y el secado solo debe hacerse con toallas de papel.
Se le pide al paciente que se quede sentado, sin caminar ni deambular por el establecimiento o sala de espera hasta ser llamado. Es importante que el paciente permanezca la menor cantidad posible de tiempo en la sala de espera.
Si en el consultorio se atienden niños y adultos, se sugiere diferenciar horarios.
COVID-19 Atención odontológica programada inicial 4
Organización de la sala de espera:
Dejar la sala de espera lo más despejada posible, con la menor cantidad de sillas y separadas por 2 metros
Eliminar objetos como revistas, control remoto de la televisión, etc.
Evitar sillas con tapizados y alfombras.
NO conectar los aires acondicionados si están centralizados y conectan zonas comunes y zonas críticas.
Retirar cuadros, diplomas, posters, de la zona donde se encuentra el sillón dental (mínimo a dos metros de distancia).
Es recomendable colocar un dispensador de papel tisú y una papelera con bolsa roja para su eliminación.
En el baño:
Retirar las toallas y secador de manos en el baño y sustituirlo por papel.
Colocar jabón líquido y alcohol en gel.
Prohibir cepillarse los dientes en el baño.
Colocar instrucciones de lavado de manos.
En el consultorio:
Planificar de antemano la práctica a realizar.
Colocarse el EPP (equipo de protección personal) que dependerá de las maniobras a realizar en el interior del consultorio. En todos los casos debe contemplar barbijo quirúrgico, mascara facial, protectores oculares, cofia, camisolín, guantes y botas descartables. En los casos en que, por una urgencia, se necesitará utilización de instrumental rotatorio generador de aerosoles, el equipo necesario para atención de pacientes deberá incluir (además de lo anteriormente mencionado), camisolín hidrorrepelente, y barbijo N95.
Si en una urgencia se llevan a cabo procedimientos de generación de aerosoles, los operadores deben usar la ropa adecuada. El EPP debe estar compuesto idealmente por una máscara resistente a fluidos, visor y delantal. Es importante recordar como colocar y como retirar el EPP sin riesgo de contaminación.
No dejar a la vista ni sobre la mesada el material que no se vaya a utilizar.
Colocar film plástico entre paciente y paciente sobre aquellas superficies con mayor contacto durante la practica (botones del equipo, foco dental, bandeja dental).
Se recomienda utilizar cubrezapato desechable al paciente al entrar al consultorio.
Se recomienda trabajar a cuatro manos para evitar el riesgo de contaminación cruzada y optimizar el tiempo de trabajo.
Trabajar con la puerta del consultorio cerrada.
Se le pide al paciente que vuelva a colocarse alcohol en gel en sus manos y que luego no toque nada.
Se recomienda que el paciente realice un enjuague bucal con un colutorio de iodopovidona al 0.2% o de peróxido de hidrogeno al 1% durante 30 segundos con el objeto de disminuir la carga viral.
Se recomienda el uso de aspiración en alta potencia y cubrir con funda descartable la manguera del aspirador.
Evitar el uso de la jeringa triple (agua y aire). Preferentemente secar con gasa. En caso usar jeringa triple ante una situación de urgencia / emergencia; utilizar funda descartable en la manguera de la misma.
COVID-19 Atención odontológica programada inicial 5
El uso de aislación absoluta con goma dique reduce de manera muy considerable el riesgo de transmisión viral.
Toda aparotología que pueda estar en contacto con la boca del paciente (ej: lámpara de polimerización, cámara intraoral, etc) debe estar protegida con funda descartable.
En caso de necesitar una radiográfica, esta deberá ser protegida con film antes de colocarla en la boca del paciente. Luego de tomar la radiografía, retirar dicho film y desinfectarla con alcohol en gel antes de proceder al revelado.
En caso de recurrir al instrumental rotatorio, este deberá ser esterilizado entre paciente y paciente, y deberá estar provisto de sistema antiretorno. Deberá utilizarse fundas descartables cubriéndola.
Después de la atención al paciente:
Se retiran los elementos protectores de mobiliario que se hubieran colocado previamente para la atención.
Se procederá a una minuciosa limpieza y desinfección de todas las superficies con una solución de hipoclorito de sodio al 0.1% utilizando para ello una toalla o elemento descartable. Dejar actuar el producto unos minutos.
Es conveniente la ventilación del lugar por 10 minutos aproximadamente sin corriente de aire.
Se procederá a la desinfección del material de protección ocular y al cuidadoso descarte del EPP desechable.
Todas las zonas comunes serán sometidas a limpieza y desinfección.
lunes, 20 de abril de 2020
jueves, 9 de abril de 2020
COVID-19 y CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA URGENCIAS/EMERGENCIAS ODONTOLÓGICAS
Si la persona se encuentra absolutamente imposibilitada para expresar su voluntad al tiempo de la atención médica y no la ha expresado anticipadamente, el consentimiento puede ser otorgado por el representante legal, el apoyo, el cónyuge, el conviviente, el pariente o el allegado que acompañe al paciente, siempre que medie situación de emergencia con riesgo cierto e inminente de un mal grave para su vida o su salud. En ausencia de todos ellos, el médico puede prescindir del consentimiento si su actuación es urgente y tiene por objeto evitar un mal grave al paciente.”
EL ARTICULO 25 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN QUE EXPRESA:
Este Código denomina adolescente a la persona menor de edad que cumplió trece años.”
Y EL ARTICULO 26 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN QUE ESTABLECE:
No obstante, la que cuenta con edad y grado de madurez suficiente puede ejercer por sí los actos que le son permitidos por el ordenamiento jurídico. En situaciones de conflicto de intereses con sus representantes legales, puede intervenir con asistencia letrada.
La persona menor de edad tiene derecho a ser oída en todo proceso judicial que le concierne así como a participar en las decisiones sobre su persona.
Se presume que el adolescente entre trece y dieciséis años tiene aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física.
Si se trata de tratamientos invasivos que comprometen su estado de salud o está en riesgo la integridad o la vida, el adolescente debe prestar su consentimiento con la asistencia de sus progenitores; el conflicto entre ambos se resuelve teniendo en cuenta su interés superior, sobre la base de la opinión médica respecto a las consecuencias de la realización o no del acto médico.
A partir de los dieciséis años el adolescente es considerado como un adulto para las decisiones atinentes al cuidado de su propio cuerpo.”