Ninguna nación ha prohibido totalmente las técnicas de procreación artificial extrauterina.
Mientras que en algunos países las legislaciones son más protectoras del embrión (Alemania, Austria y en menor proporción Francia) en otros estados, tienen leyes que brindan escasa protección a la persona por nacer (España e Inglaterra).
El panorama legislativo se completa con los marcos regulatorios existentes en Suecia, Noruega e Italia.
En Argentina, como ocurre en el resto de latinoamérica, el sistema jurídico actual carece de disposiciones específicas sobre la materia.*
Ante los avances biotecnológicos que no siempre respetan de modo integral y absoluto la dignidad de todos los seres humanos una cosa es segura: todas las leyes que se sancionen deben defender los verdaderos derechos fundamentales de todas las personas.
* Fuente: MORELLI, Mariano. Procreación Artificial. Aspectos Jurídicos. Instituto de Bioética. UCA.
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