domingo, 6 de enero de 2008

Avances de la técnica

El Dr. Facundo Manes y el biólogo Tristán Beckinschtein de Argentina junto con científicos de la Universidad de Cambridge desarrollaron una sencilla técnica que permite detectar, a través de un electromiógrafo, respuestas motoras inobservables clínicamente pero presentes en pacientes en estado vegetativo y así identificar de manera objetiva aspectos que, hasta ahora, eran subjetivos e imprecisos.

En el estado vegetativo, el paciente está ajeno a su entorno y no tiene capacidad de respuesta pero mantiene los ciclos normales de sueño-vigilia, las funciones autonómicas y algunas actividades cerebrales porque el tejido cortical se mantiene activo por sectores que pueden ser bastante amplios.

El estado vegetativo debe distinguirse del estupor (donde el paciente no responde pero puede despertar brevemente después de un estímulo), del coma (donde la persona está completamente inconsciente, no receptiva e imposible de despertar), del síndrome de enclaustramiento (donde el individuo está consciente y despierto pero no puede moverse ni comunicarse con otras personas debido a una parálisis completa de su cuerpo pero si puede hacerse entender pestañando los ojos o a través de distintos aparatos) y de la muerte cerebral (donde la carencia de la función cerebral es completa e irreversible por daño en los hemisferios y el tronco cerebral con pérdida de una actividad integrada entre las distintas partes del cerebro. En este caso, si se retiran los aparatos de asistencia mecánica, el paro cardíaco y la cesación de la respiración, son inmediatos).

La Academia Pontificia para la Vida y la Federación Mundial de Asociaciones de Médicos Católicos expresan que:
"(...) Al paciente en estado vegetativo de ningún modo se le puede considerar un enfermo terminal, dado que su condición puede prolongarse de forma estable incluso durante períodos de tiempo muy largos. El diagnóstico requiere una atenta y prolongada observación realizada por personal especializado y experto con instrumentos de valoración aptos para este tipo de pacientes. (...)

[Todo] ser humano posee dignidad de persona, sin discriminación de raza, cultura, religión, condiciones de salud o situación socioeconómica. Esa dignidad, fundada en la misma naturaleza humana, constituye un valor inmutable e intocable, que no puede depender de las circunstancias existenciales concretas, ni puede subordinarse al juicio de nadie. Aún reconociendo como deber propio de la medicina, al igual que de la sociedad, la búsqueda de la mejor calidad de vida posible para todo ser humano, consideramos que no puede y no debe constituir el criterio definitivo de juicio sobre el valor de la vida de un hombre.

Reconocemos que la dignidad de toda persona puede expresarse también a través del ejercicio de opciones autónomas; sin embargo, la autonomía personal nunca puede llegar a justificar decisiones o actos contra la vida humana propia o ajena, pues sin vida no puede haber libertad.

(...) [El] paciente en estado vegetativo tiene derecho a:
- una valoración correcta y profunda de diagnóstico, con el fin de evitar posibles errores y orientar del mejor modo posible las intervenciones de rehabilitación;
- una asistencia fundamental que abarque hidratación, alimentación, calefacción e higiene;
- la prevención de las posibles complicaciones y el control de cualquier signo de recuperación;
- un adecuado proceso de rehabilitación prolongado en el tiempo, que favorezca la recuperación y el mantenimiento de los objetivos alcanzados;
- [y] ser tratado como cualquier otro paciente, con la debida asistencia y con un trato afectuoso."



Más información en:
http://www.lanacion.com/cienciasalud/nota.asp?nota_id=976107&origen=premium
http://www.academiavita.org/template.jsp?sez=Documenti&pag=altri_doc/fiamcpav-sv/fiamcpav_sv&lang=italiano
http://espanol.ninds.nih.gov/trastornos/el_traumatismo_cerebral.htm

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